La fiscalidad de los no residentes es un servicio cada vez más solicitado por nuestros clientes el cual requiere de un alto grado de especialización.
Numerosas personas procedentes de otros países deciden invertir en nuestro territorio, por ello es importante que el contribuyente se asesore acerca de las obligaciones fiscales contraídas y cuál es la estructura mercantil más adecuada según el país de residencia del inversor, el tipo de operació a desarrollar y si ésta es de carácter temporal o permanente.
La fiscalidad de los no residentes se encuentra regulada principalmente en el Impuesto sobre la Renta de No residentes (IRNR), aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo y los convenios para evitar la doble imposición que España tiene suscritos con los diferentes países.
El contribuyente no residente en España puede tributar por las rentas obtenidas en nuestro país mediante establecimiento permanente o sin mediación de establecimiento permanente, ello dependerá principalmente de la forma de operar en España.
Finalmente, los residentes españoles que posean inversiones en el extranjero deberán cumplimentar una serie de obligaciones de información, la más conocida es la declaración sobre bienes en el extranjero (modelo 720) o los formularios estadísticos del Banco de España u otros Ministerios como el ETE y D6.